OFICIO No. IOBPAS-LC/097/2010
VALENCIA 27 DE MAYO DE 2010
La Institución Oficial de Beneficencia Pública y Asistencia Social del Estado Carabobo le notifica a todos los Comercializadores, Centros de Apuestas y Programas Informáticos que a partir del 01 de Junio de 2010 y una (1) vez por año, se requerirá a todos los solicitantes de Emisión y Registro de Licencia, una cantidad de dinero a ser depositada en la cuenta de la Institución por concepto de gastos administrativos y operativos de revisión, verificación y autorización de las mismas, a saber, lo solicitado será de la siguiente forma:
- Comercializadores Bs.F. 300,00
- Programas Informáticos Bs.F. 300,00
- Agencias o Centros de Apuesta Bs.F. 150,00
Se deberá anexar dicho depósito a los documentos exigidos para la solicitud de Registro de Licencia, los datos bancarios son:
Banco: Banco Occidental de Descuento (B.O.D.)
Titular: Inst. Ofic. Benef. Púb. y Asist. Soc. Lot. de Carabobo
Tipo de Cuenta: Ahorro
Nro. de Cuenta: 0116-0166-91-0198591845
Atentamente
Pedro Maldonado Carrillo
Presidente IOBPAS – Lotería de Carabobo
Nota: Formato modificado para ser ajustado a Página Web.
Fuente: Nuestro Triple