La Comisión Nacional de Lotería en aras de facilitar el proceso de autorización y registro, recomienda que antes de imprimir la “Planilla de Solicitud de Emisión y Registro de Licencias correspondiente al Centro de Apuesta”, revise si los datos suministrados están correctamente cargados.
¡ADVERTENCIA!
Es importante que incluya todos los comercializadores (banqueros) con los cuales trabaja o desee trabajar, ya que después de impresa la planilla cualquier inclusión o modificación, le obligará a realizar el trámite de solicitud nuevamente.
Para evitar la duplicación de expedientes a ser consignados ante las Loterías Oficiales, sólo debe conformar un expediente por cada IOBPAS a las cuales le solicitará la autorización para comercializar sus productos.
La tasa por tramitación es de diez (10) Unidades Tributarias y debe efectuarse por cada Centro de Apuesta, indistintamente de los productos que comercialice.